Debido a la problemática planteada al no estar ranurados los comprimidos en dicha marca seleccionada, cuando en la POSOLOGÍA PRESCRITA del citado principio activo, se indique la mitad de la dosis es decir (425 mg), bajo la consideración del farmacéutico a fin de facilitar al paciente una adecuada división del comprimido, se podrá dispensar otro preparado comercial cuyos comprimidos vayan provistos de ranura, ello no supondrá a efectos de facturación devolución de las recetas afectadas. (No requiere diligencia por el farmacéutico).
(mas información ver nota informativa adjunta)